La muerte de un familiar suele ser duro, más aún cuando se desconoce si poseía deudas fuertes. Por ello, te explicamos qué pasos seguir para saber si debes asumir esta obligación financiera.
¿Qué ocurre con las deudas de un familiar fallecido? Es una pregunta frecuente tras la muerte de un miembro de nuestra familia, en caso tuviese préstamos personales vigentes. Y es que además del duro golpe que implica la pérdida, también nos encontramos con una gran cantidad de trámites y papeleos que tienen que ver con su historial financiero
Sin embargo, a través de la Superintendencia de Bancos y Seguros(SBS) los familiares de una persona fallecida pueden conocer si éste tenía deudas pendientes, ahorros o si estaba afiliado a una AFP.
¿Las deudas de un familiar fallecido se heredan?
Si la persona fallecida posee alguna obligación pendiente como un crédito hipotecario o vehicular a largo plazo, la deuda se hereda y son los familiares quienes deberán asumir el pago, según lo señala el Código Civil, en la parte de sucesiones, artículo 871 al 880.
No obstante, es importante precisar que el banco solo podrá cobrar la sucesión a partir de la herencia que dejó el difunto y no de sus bienes personales. Excepto cuando los familiares hayan sido garantes del fallecido, pues en este caso el garante si deberá asumir la totalidad de la deuda.
Sin embargo, para evitar este tipo de inconvenientes, debes conocer que la mayoría de bancos y cajas municipales previniendo esta contingencia cuenta con los seguros desgravamen, que exime a los herederos de pagar el saldo del crédito solicitado, según informa la SBS en su portal web.
Cabe señalar que este seguro se activa siempre y cuando el difunto haya estado al día en sus pagos, pues en caso haya pagos atrasados, sí o sí deben ser cancelados.


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